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Fillable Printable Fact Sheet: Unemployment Insurance Program (Spanish)

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Fact Sheet: Unemployment Insurance Program (Spanish)

Fact Sheet: Unemployment Insurance Program (Spanish)

DE 8714B/S Rev. 25 (7-15) (INTERNET) Page 1 of 2
PROGRAMA DEL SEGURO DE DESEMPLEO
P.O. Box 826880 • Sacramento CA 94280-0001
El Programa del Seguro de Desempleo (UI, por sus siglas en
inglés), proporciona pagos semanales del Seguro de Desempleo
a los trabajadores que pierden su empleo sin tener culpa alguna.
La elegibilidad para recibir beneficios requiere que el solicitante
de beneficios esté en condiciones físicas/mentales para trabajar,
esté disponible para trabajar, esté buscando trabajo y esté
dispuesto a aceptar un empleo apropiado.
Antecedentes
El Seguro de Desempleo es un programa estatal y federal
único, creado por la ley federal y administrado por empleados
estatales conforme a las leyes federales y estatales. Éste recibe
fondos de las contribuciones de impuestos al programa de
desempleo por parte de los empleadores.
Cuando el Programa del Seguro de Desempleo se estableció
como parte de la Ley del Seguro Social de 1935, éste ofreció
por primera vez, una línea de defensa económica contra los
efectos del desempleo, ayudando no solamente a la persona,
sino también a la comunidad local.
A través de un sistema de pagos que se hacen directamente
a los trabajadores desempleados, el Seguro de Desempleo
garantiza que por lo menos algunas de las necesidades
cotidianas, más notablemente los alimentos, vivienda y
vestimenta, puedan satisfacerse mientras se lleva a cabo
una búsqueda activa de un nuevo trabajo. En su mayoría, los
beneficios del Seguro de Desempleo se gastan en la comunidad
local del solicitante de beneficios, ayudando así a mantener el
bienestar económico de los negocios locales.
Leyes de Impuestos
El programa del Seguro de Desempleo está financiado por
los empleadores que pagan impuestos de desempleo hasta
un máximo de $7,000 en sueldos/salarios que se pagan a
cada trabajador. La tasa de impuestos real varía para cada
empleador, dependiendo en parte de la cantidad de beneficios
de Seguro de Desempleo pagados a ex empleados. Por lo
tanto, el impuesto del Seguro de Desempleo funciona en gran
parte como cualquier otra cuota de seguro. Un empleador
puede obtener una tasa de impuestos más baja cuando se
presentan menos solicitudes de beneficios por parte de ex
empleados en la cuenta del empleador.
En todos los estados, los empleadores contribuyen a programas
parecidos al del Seguro de Desempleo federal y estatal. La
tasa de impuestos y las leyes de impuestos varían de estado a
estado.
Parte de los impuestos del empleador van directamente al
gobierno federal para pagar la administración del sistema.
La mayor parte va a un fondo fiduciario especial del Seguro
de Desempleo, del cual se hacen pagos de beneficios a los
trabajadores desempleados.
El Solicitante y sus Beneficios
La cantidad de beneficios disponibles se basa en los
sueldos/salarios del solicitante ganados durante el período
reglamentario. Para calificar para beneficios en California, un
solicitante de beneficios tiene que haber (1) ganado por lo
menos $1,300 durante el trimestre de ingreso más alto del
período reglamentario o (2) haber ganado por lo menos $900
en el trimestre de ingreso más alto, y ganado sueldos totales
en el período reglamentario de por lo menos 1.25 veces los
sueldos/salarios del trimestre de ingreso más alto. Por ejemplo,
si el solicitante de beneficios tiene sueldos/salarios de $900
en el trimestre de ingreso más alto, al solicitante también se
le requiere haber ganado un total de $1,125 en el período
reglamentario ($900 x 1.25 = $1,125).
La cantidad máxima asignable de una solicitud de beneficios
del Seguro de Desempleo regular es 26 veces la cantidad de
beneficios semanales o la mitad de los sueldos/salarios del
período reglamentario del solicitante de beneficios, lo que sea
menos.
Requisitos de Elegibilidad del Solicitante de
Beneficios
Puesto que el propósito de la ley es en parte compensar a
un trabajador por la pérdida de sueldos/salarios mientras
esté desempleado, la elegibilidad para beneficios de un
solicitante de beneficios depende de tener un vínculo
significativo a la fuerza laboral. Uno de los métodos
utilizados para medir este vínculo es una prueba de
sueldos/salarios mínimos.
Este requisito niega beneficios a los solicitantes de beneficios
cuyos sueldos/salarios en un “período reglamentario” de 12
meses son m
á
s bajos del mínimo indicado anteriormente,
esto caí bajo la suposición de que los sueldos/salarios bajos
indican un vínculo corto o temporal a la fuerza laboral. El
“período reglamentario” es de 12 meses, pero es importante
considerarlo como 4 trimestres de 3 meses cada uno. El
trimestre en el cual se reciban los sueldos/salarios más altos
determina la cantidad de beneficios semanales.
Hay dos tipos de periodos reglamentarios que pueden usarse
para establecer una solicitud de beneficios del Seguro de
Desempleo: el Período Reglamentario Estándar y el Período
Reglamentario Alterno. El Período Reglamentario Estándar
consiste de los primeros cuatro de los últimos cinco trimestres
completados de calendario anteriores a la fecha de comienzo
de la solicitud de beneficios. Comenzando con las solicitudes
de beneficios con fecha de vigencia del 1º de abril de 2012, y
después. Si la persona no tiene suficientes sueldos/salarios
en su Período Reglamentario Estándar para establecer una
solicitud de beneficios, la persona posiblemente podría calificar
monetariamente para una solicitud de beneficios usando
el Período Reglamentario Alterno, el cual consiste del los
últimos cuatro trimestres completados anteriores a la fecha de
comienzo de la solicitud de beneficios.
GA 226/CU/MIC 38
Impuestos del Solicitante de Beneficios
Los beneficios pagados del Seguro de Desempleo se consideran
ingresos sujetos a impuestos federales, y tiene que reportarse
como tal en los formularios de impuestos federales sobre los
ingresos. Pero tenga en cuenta que los beneficios pagados
no se consideran ingresos sujetos a impuesto en el estado de
California. Cada mes de enero, el Departamento del Desarrollo
del Empleo proporciona una declaración anual a cada persona,
indicando el total de beneficios pagados durante el año anterior.
Empleados Cubiertos por el Seguro de
Desempleo
La mayoría de empleos son considerados empleos cubiertos
para propósitos del Seguro de Desempleo.
Las leyes regulatorias del Seguro de Desempleo originalmente
cubrían solamente al empleado que trabajaba para empleadores
que tenían ocho o más empleados. En 1946, la cobertura se
extendió a los empleadores que tenían uno o más empleados
que pagaban sueldos/salarios en exceso de $100 durante un
trimestre de calendario.
En 1946, cobertura adicional fue añadida a la ley regulatoria
para incluir y no limitarse a, empleados que trabajan para las
siguientes clases de empleadores:
Las agencias sin fines de lucro.
Los distritos escolares y escuelas primarias, secundarias y
vocacionales sin fines de lucro.
El gobierno estatal y local.
Los empleadores agrícolas.
Los empleadores domésticos que pagan $1,000 ó más en
sueldos/salarios en efectivo por servicios domésticos en un
año de calendario.
Las tribus indígenas reconocidas por el gobierno federal.
Algunas otras coberturas especiales incluyen:
Empleadores Civiles Federales – Cobertura para los
empleados civiles federales. Aunque financiado por fondos
del gobierno federal, cada estado paga beneficios del
Seguro de Desempleo de acuerdo con la ley que cubre a
trabajadores regulares.
Servicio Militar Federal – Cobertura para personas que salieron
del servicio militar bajo condiciones honorables y hayan
completado su primer plazo completo de servicio activo.
Programa Federal de Beneficios de Extensión
Durante los períodos de declive económico, el Congreso
puede aprobar legislación especial para poner en función un
programa Federal de Beneficios de Extensión para ayudar a
los trabajadores desempleados de largo plazo. Cuando se hace
disponible el programa Federal de Beneficios de Extensión,
los pagos adicionales del Seguro de Desempleo pueden ser
pagados a aquellas personas que califican y que han recibido
todos los beneficios de sus solicitudes de beneficios regulares
del Seguro de Desempleo y que no califican para ninguna
otra solicitud de beneficios del Seguro del Desempleo. El
Departamento del Desarrollo del Empleo les notificará a los
trabajadores desempleados por correo o por los medios de
comunicación cuando sea que los Beneficios de Extensión
Federal se hagan disponibles.
Beneficios de Duración de Extensión Federal-
Estatal (Fed-ED)
La Ley de 1970 de Extensión de Compensación de Desempleo
Estatal-Federal estableció el programa de Beneficios de
Duración de Extensión Federal-Estatal conocido en California
como Fed-ED. Este programa es financiado el 50 por ciento por
fondos del estado y el 50 por ciento por fondos del gobierno
federal.
En conformidad con el Fed-ED, los solicitantes de beneficios
que han agotado su solicitud de beneficios del Seguro de
Desempleo regular podrían ser elegibles para recibir hasta
13 semanas adicionales de compensación, si un período del
Fed-ED está en vigor. Una vez activado, el período del Fed-
ED tiene que continuar estando en vigor por lo menos durante
13 semanas. Cuando el programa se desactiva, tiene que
permanecer inactivo durante por lo menos 13 semanas.
El Fed-ED se activa cuando la Tasa de Desempleo Asegurada
(IUR, por sus siglas en inglés) del estado equivale o excede
el 5 por ciento, y es por lo menos el 120 por ciento más alta
que el promedio de la Tasa de Desempleo Asegurada para el
mismo período en los dos años anteriores. El Fed-ED también
se activa cuando la Tasa de Desempleo Asegurada del estado
es 6 por ciento o mayor. La Tasa de Desempleo Asegurada es
la tasa de desempleo de aquella parte de la fuerza laboral que
está cubierta por el seguro de desempleo. Se calcula en un
promedio variable de 13 semanas.
La elegibilidad para beneficios es más rigurosa en conformidad
con el Fed-ED. Para ser elegible, un solicitante de beneficios
tiene que tener ingresos durante el período reglamentario
de su solicitud de beneficios regular que exceda 40 veces la
cantidad de beneficios semanales. Por ejemplo, si la cantidad
de la solicitud de beneficios del Seguro de Desempleo regular
era de $90 a la semana, entonces el solicitante de beneficios
necesitaría haber ganado por lo menos $3,601 en su período
reglamentario para calificar para presentar una solicitud de
beneficios de Fed-ED.
Duración de Beneficios de Extensión de
California (Cal-ED)
California tiene su propio programa de beneficios de extensión
financiados por el estado. Los beneficios que se pagan
en conformidad con este programa provienen del fondo
de Seguro de Desempleo estatal. El mecanismo activador
para el programa de Cal-ED es parecido al de Fed-ED. En
conformidad con Cal-ED o Fed-ED, la persona recibe hasta
una mitad de la asignación de beneficios reglamentaria del
Seguro de Desempleo regular. Por lo tanto, cualquier solicitante
de beneficios que haya recibido la cantidad completa de
beneficios de extensión en una solicitud de beneficios de Fed-
ED no puede calificar para una solicitud de beneficios de Cal-
ED, en base a la misma solicitud de beneficios reglamentaria.
Prioridades de Fed-ED y Cal-ED
Puesto que la fuente de fondos para los programas de Fed-ED
y Cal-ED es diferente, la cuestión sobre qué programa tiene
más importancia sobre el otro es importante. El programa de
Fed-ED es el programa de beneficios de extensión permanente
básico para la nación, así que si en un periodo el Fed-ED
está vigente, Fed-ED se convierte en la fuente primaria de
beneficios.
Para Más Información
Para obtener más información, visite el sitio de internet del
Departamento del Desarrollo del Empleo en www.edd.ca.gov
o llame al Departamento del Desarrollo del Empleo al:
inglés ............................................ 1-800-300-5616
español ......................................... 1-800-326-8937
TTY (no voz) ................................. 1-800-815-9387
El Departamento del Desarrollo del Empleo (EDD) es un empleador/programa de oportunidades equitativas.
Servicios auxiliares y de asistencia para las personas con discapacidades están disponibles cuando se solicitan.
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